Universitaris per la Convivència replica a los grupos parlamentarios que rechazan la neutralidad ideológica de las universidades, elemento clave de su autonomía

El pasado 13 de julio el grupo parlamentario de VOX en el Parlamento de Cataluña presentó ante la Comisión de Investigación y Universidades una propuesta de resolución con el fin de garantizar la neutralidad ideológica de las universidades públicas catalanas, reiteradamente vulnerada por sus rectores y demás órganos de gobierno en los últimos años, tal como han confirmado varias sentencias judiciales que han condenado a la Universitat de Barcelona, Autònoma de Barcelona, Pompeu Fabra y Oberta de Catalunya.

La propuesta presentada se limitaba a reiterar un principio constitucional básico como es el de la neutralidad ideológica de las instituciones públicas, a requerir su cumplimiento a los rectores y demás órganos de gobierno y a instar campañas informativas y protocolos de actuación al respecto.

Sin embargo, a excepción del propio VOX y de Ciudadanos, todos los demás grupos parlamentarios presentes (PSC, EnComú, CUP, Junts y ERC) votaron en contra de la propuesta con base en argumentos que demuestran o bien la ignorancia de lo que supone el principio de neutralidad o bien una concepción errada del sentido de la institución universitaria y en particular de su autonomía. Por eso, Universitaris per la Conviència se siente en la obligación de recordar a estos grupos parlamentarios que:

(1) El principio de neutralidad ideológica, al que están sujetas todas las instituciones públicas, requiere que ninguna de ellas asuma como propia una posición política partidista, sea mediante declaraciones de sus órganos de gobierno o representación, sea mediante la exhibición de símbolos de dicha naturaleza.

(2) El principio de neutralidad ideológica en nada entorpece la libertad de cátedra o, en general, la libertad de expresión de profesores y alumnos. Muy al contrario, lo que pretende es garantizar que tales libertades individuales puedan ser ejercidas por todos en igualdad de condiciones y sin coacción alguna por parte de la institución.

(3) El derecho fundamental a la autonomía universitaria establecido en la Constitución tiene como único fin garantizar la libertad académica de profesores y alumnos, preservando a la universidad de injerencias externas, pero también exigiendo que la universidad no imponga a sus integrantes credo ideológico alguno. Por eso, la neutralidad ideológica no se contrapone a la autonomía, sino que es una de sus condiciones necesarias.

(4) Los órganos de gobierno de las universidades no ostentan la representación política de sus integrantes, por la sencilla razón de que la universidad no es una institución política. Prueba de ello es que tales órganos no son elegidos “democráticamente” (de acuerdo con el principio de igualdad de valor de los votos) sino mediante un sistema corporativo de voto ponderado, que otorga mayor valor a unos votos que a otros. A la vez, los miembros de los diferentes órganos de gobierno de las universidades jamás concurren a las elecciones con un programa que recoja sus posicionamientos sobre política general por lo que carecen por completo de legitimidad para pronunciarse sobre la situación política de Cataluña en nombre de todos nosotros.

(5) Si por algo se caracterizó la universidad española en los tiempos de la dictadura franquista es por no respetar el principio de neutralidad ideológica, exigiendo a sus profesores y alumnos la asunción de un determinado credo político. Lo que estos reclamaban (por ejemplo, en el Manifesto de la Capuchinada de 1966) era precisamente dicha neutralidad, exigiendo a las autoridades políticas y académicas que se abstuvieran de menoscabar la libertad académica. Por eso, sorprende sobremanera que se asocie la reivindicación de un principio democrático básico como es la neutralidad ideológica institucional con la universidad franquista. Lo que, en cambio, sí desprende autoritarismo son los comportamientos presentes de los gestores de las universidades públicas catalanas, cuando con reiteración se declaran partidarios de una determinada posición política, casualmente siempre coincidente con la del gobierno de Cataluña.

(6) La naturaleza de la universidad es la de una institución donde reina la más amplia libertad de estudio y de investigación, donde todos pueden formar su criterio y expresarlo libremente, sea cual sea. La neutralidad ideológica, reiteramos, no es sino la garantía de que el espacio público universitario sea un espacio abierto a todos, en el cual toda crítica y toda reivindicación tengan cabida. Quienes están a favor de una universidad viva, participativa y dinámica, de una universidad libre, han de estar también a favor de su neutralidad institucional.

Universitaris per la Convivència es una plataforma de más de doscientos profesores universitarios catalanes que no tiene vínculos con partido alguno, ni orientación política concreta. Sus fines pueden ser suscritos, como de hecho lo son, desde cualquier posición del espectro político, puesto que tales fines (la defensa de la neutralidad institucional y de las libertades en el ámbito académico) son elementos irrenunciables del propio sistema democrático. Por eso, Universitaris per la Convivència se pone a disposición de todos los grupos del Parlamento Catalán para darles a conocer su visión de la neutralidad y de la autonomía en la universidad y para transmitirles sus propuestas. Con este fin, solicitará una reunión con los representantes de cada uno de ellos.

Link al debate parlamentario que genera este comunicado (a partir del minuto 29)